Modificaciones a la RMF para 2025.
Contribuyentes obligados a llevar controles volumétricos cuando almacenen hidrocarburos y petrolíferos para autoconsumo
El pasado 30 de diciembre, se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Resolución Miscelánea Fiscal para 2025, misma que en su Capítulo 2.6 “De los controles volumétricos, de los certificados y de los dictámenes de laboratorio aplicables a hidrocarburos y petrolíferos”, en la regla 2.6.1.2 referente a los “Contribuyentes obligados a llevar controles volumétricos de hidrocarburos y petrolíferos” adiciona los supuestos en los que las personas que almacenan petrolíferos para usos propios están obligadas a llevar controles volumétricos.
Principales modificaciones a la regla 2.6.1.2
- En la fracción VI, de la regla 2.6.1.2, se establece como contribuyentes obligados a llevar controles volumétricos a las personas físicas que almacenen petrolíferos para usos propios al amparo de un permiso de la Comisión Reguladora de Energía o de un permiso de importación de la Secretaría de Energía; o que cuenten con instalaciones fijas para la recepción de gas natural para autoconsumo.
- Por lo cual se adicionaron a dicha fracción los incisos que identifican los supuestos de almacenamiento para autoconsumo:
- Al amparo de un permiso de la Comisión Reguladora de Energía o de un permiso de importación de la Secretaría de Energía.
- Que no cuenten con un permiso de la Comisión Reguladora de Energía o de un permiso de importación de la Secretaría de Energía y que manejen un volumen mayor o igual a 75,714 litros mensuales al año de petrolíferos; o
- Que cuenten con instalaciones fijas para la recepción de gas natural para autoconsumo y no cuenten con un permiso para ello, siempre que su consumo anual sea superior a 5,000 Gigajoules (GJ).
Por lo que si su empresa se encuentra en los supuestos anteriores deberá cumplir con los anexos 30 y 31 de la RMF para certificar los equipos y programas informáticos para llevar controles volumétricos.
Nuestra Unidad de Inspección Acreditada ante la EMA, proporciona los servicios que permiten que su empresa cumpla sus obligaciones fiscales, concretamente:
A. Certificamos la correcta operación y funcionamiento de los equipos y programas informáticos para llevar controles volumétricos.
B. Dictaminamos tipo de hidrocarburo o petrolífero.
En Vicer, nos reiteramos a sus órdenes esperando que la información aquí encontrada les sea de utilidad.